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Badié: "Un paso más en la ampliación de derechos para las mujeres rionegrinas"

La Secretaría de Derechos Humanos y DD.HH d apoya la firma del Decreto Reglamentario de la Ley N° 4.796 realizada ayer por el Gobernador Weretilneck que establece la obligatoriedad de atención sanitaria en casos de abortos no punibles en Río Negro.

Fecha: 3 de marzo de 2016
El Decreto Reglamentario tiene como finalidad garantizar la salud integral de las mujeres entendida como el completo bienestar físico, psíquico  y social.
El secretario de Derechos Humanos, Daniel Badié manifestó que "la firma de este Decreto significa un gran avance en la comprensión de que la salud integral de las mujeres incluye no solamente la asistencia a su salud física, a partir de la existencia de una patología, sino también los aspectos psicológicos y sociales que hacen al ejercicio pleno de sus derechos, conforme a los estándares de salud que los tratados internacionales y la OMS definen".
A partir de la Reglamentación del Decreto que brinda las definiciones y normas para la correcta instrumentación de la Ley Provincial N° 4796;  las mujeres rionegrinas podrán solicitar la interrupción del embarazo en casos de peligro para la vida o para la salud integral y  también, cuando el mismo provenga de una violación.
Este procedimiento garantiza el acceso al derecho a la salud, en concordancia con las políticas públicas con Perspectiva de Género, ya que serán las mujeres las que pueden solicitarlo y, al mismo tiempo, deberán dar su consentimiento informado para la realización del mismo; debiendo el médico tratante brindar información en todo momento de forma clara y, de acuerdo a la capacidad de comprensión de la mujer. Esta normativa comprende, además, las situaciones de mujeres con sufrimiento mental, con discapacidad de niñas y/o adolescentes.
 "A partir de este Decreto se trata de otorgarle a la voz de las mujeres, un lugar central como sujetos de derechos y no como objeto de prácticas médicas descontextualizadas", destacó Badié.
Cabe decir que, en el caso de las niñas y/o adolescentes y, de acuerdo, con el Nuevo Código Civil, a partir de los 16 años las adolescentes podrán tomar decisiones sobre su propio cuerpo y será la Justicia la que dirima en caso de generarse desacuerdos con las opiniones de sus padres o adultos responsables.
"Es un avance en la ampliación de Derechos porque hace efectivo el acceso a la salud de las mujeres, niñas y adolescentes rionegrinas, fundamentalmente, las que sufren mayor vulnerabilidad. En los casos de violación se trata, además, de una respuesta responsable desde el Estado rionegrino ante esta forma extrema de violencia de género que atenta contra la integridad sexual", indicó el Secretario de Derechos Humanos.
Por otra parte, la Legislación contempla la creación del Registro de "objetores de conciencia" para aquellos profesionales del sistema de salud público o privado que objeten conciencia  fundado en razones éticas con respecto a esta práctica médica.
La Secretaría Derechos Humanos del Ministerio de Educación y DD. HH de Río Negro, a través de su área de Promoción y Protección de Derechos Humanos reafirma su compromiso en la sensibilización, difusión y el trabajo territorial en la temática, comprometiéndose a continuar trabajando articuladamente con los demás organismos del Ejecutivo, principalmente, con los agentes del sector de salud.
"De esta manera el Estado rionegrino responde a los compromisos asumidos como garante de la protección integral y resguardo de toda su población, específicamente, de las mujeres, niñas y adolescentes", finalizó Badié.
 

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