La creación del Sistema de Protección Integral de personas afectadas por el Trastorno de Espectro Autista (TEA), Síndrome de Asperger o todas aquellas personas con características compatibles con el Espectro Autista, se promulga con la idea de estipular la responsabilidad del Estado en la protección de los derechos y necesidades de las personas en esa condición.
El espectro autista es un modo singular de funcionamiento del sujeto que contempla un rechazo inicial al lenguaje, lo que incide en el modo particular de presentación. El síndrome de Asperger es un trastorno del desarrollo de base neurológico, la persona que lo padece tiene un aspecto externo normal, suele ser inteligente, adquiere el lenguaje con normalidad aunque en algunos casos se desarrolla más tarde, pero tiene problemas para relacionarse con los demás.
En este caso, el Ministerio de Salud provincial tendrá como objetivo seguir trabajando y formar conciencia en todos los sectores involucrados, unir esfuerzos, lograr detecciones oportunas y tratamientos accesibles, y garantizar la ejecución de los programas en materia de atención ya que será la autoridad de aplicación de la ley. Además, deberá crear un Protocolo provincial de Prevención y Trastornos del Espectro Autista (TEA). Su aplicación tendrá carácter obligatorio para el Sector Público y Salud y reglamentariamente se definirán los alcances de las acciones.
Esta legislación reconoce los derechos de este sector de la población que no es menor, una ley diseñada para lograr la inclusión social de las personas con autismo y brindar las condiciones para su adecuado desarrollo.