Un Proyecto Minero es el conjunto de una o más concesiones y/o solicitudes mineras que se organizan como una sola unidad para explorar, evaluar y cuantificar el potencial de un yacimiento, y eventualmente desarrollarlo y producirlo. En Río Negro, su definición y funcionamiento se enmarcan en el Código de Procedimientos Mineros provincial (Ley N° 4738 y modificatorias) y en el Código de Minería de la Nación (Ley N° 1.919 y modificatorias), que establecen la clasificación de minerales y las reglas generales de la actividad.
Para conformar un proyecto, las áreas que lo integran deben cumplir criterios técnicos y administrativos, entre ellos: pertenecer a un mismo titular, estar vinculadas a la exploración de un mismo mineral o minerales afines, y mantener una proximidad geológica coherente que permita evaluar el yacimiento de manera integrada.
Este esquema busca ordenar y simplificar la gestión minera, tomando al proyecto como unidad básica de evaluación y seguimiento. Por eso, declaraciones y presentaciones que antes se realizaban por expediente (como las Declaraciones Juradas Técnicas, de Buenas Prácticas y del Plan y Monto de Inversiones) se presentan de forma unificada a nivel de proyecto, según los procedimientos vigentes.
La documentación técnica de cada Proyecto Minero es evaluada por el Departamento de Geología Económica de la Secretaría de Minería de Río Negro, para verificar su consistencia geológica, técnica y económica, y el cumplimiento de la normativa minera y ambiental aplicable, incluyendo la Ley Nacional N° 24.585 de protección ambiental para la actividad minera y la normativa ambiental provincial.